ACTA DE ESCRUTINIO FINAL DE LAS ELECCIONES DE MIEMBROS DE CONCEJOS MUNICIPALES. En las instalaciones Tribunal Supremo Electoral, San Salvador, a las dieciocho horas y treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno. Reunidos los suscritos: Magistrada Presidente Licda. Dora Esmeralda Martínez de Barahona, Magistrados Propietarios: Licdo. Luis Guillermo Wellman Carpio, Doctor Julio Alfredo Olivo Granadino, Licdo. Rubén Atilio Meléndez García, Licdo. Noel Antonio Orellana Orellana; y los Magistrados Suplentes: Licdo. René Abelardo Molina Osorio, Licdo. Marlon Harold Cornejo Ávalos, Licda. Carmen Veraliz Velásquez Sánchez y Licda. María Blanca Paz Montalvo; juntamente con el Secretario General, Licdo. Louis Alain Benavides Monterrosa, con el objeto de dar por concluido el escrutinio final de las elecciones para miembros de los concejos municipales de la República de El Salvador, celebradas el día veintiocho de febrero de dos mil veintiuno. Al respecto, considerando que: I. El escrutinio final dio inicio a las diecisiete horas del dos de marzo de dos mil veintiuno, previa notificación a los representantes de los partidos políticos y coaliciones contendientes, al Fiscal General de la República Doctor Raúl Ernesto Melara Morán, la Fiscal Electoral Licda. Alma Elizabeth Campos de Hernández y a los miembros de las Juntas Electorales Departamentales, de conformidad con el artículo 214 del Código Electoral. II. Durante su realización, se tuvo acompañamiento de la Junta de Vigilancia Electoral, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos Licdo. José Apolonio Tobar Serrano, así como de la Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos y la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea. III. Se instalaron cuarenta y nueve mesas de trabajo entre las que se distribuyeron las actas de cierre y escrutinio de las doscientas sesenta y dos circunscripciones municipales, que fueron la base del escrutinio final de acuerdo con los artículos 79 y 80 de la Constitución de la República, así como los artículos 12, 63 letra c), 64 letra a) romano vi), 214, 214-A, 215, 219, 220 y 221 del Código Electoral. IV. El diez de marzo de dos mil veintiuno, el Organismo Colegiado decidió revisar la validez de los votos impugnados correspondientes a la circunscripción electoral municipal de San José Guayabal, departamento de Cuscatlán, con base en lo prescrito en el artículo 215 del Código Electoral; resultado que se consigna en la presente acta. Con base en todo lo anterior, a los partidos que obtengan la mayoría simple de votos válidos les corresponden los cargos de Alcalde o Alcaldesa y Síndico o Síndica. Si el porcentaje de votos obtenidos por ganador fuere mayor al cincuenta por ciento de los votos válidos del municipio, se le asignará la cantidad de regidores o regidoras 1 propietarios del mismo partido o coalición en proporción al número de votos obtenidos. Si el porcentaje de votos obtenidos fuere menor al cincuenta por ciento, al partido o coalición ganadora se le asignará el número de regidores o regidoras propietarios del mismo partidos o coalición que, junto al Alcalde o Alcaldesa y Síndico o Síndica, constituyan mayoría simple en el concejo municipal. El resto de regidores propietarios se distribuirá proporcionalmente entre los demás partidos contendientes, distribución en la que no participará en partido político o coalición ganadora que ya se le asignó la mayoría del concejo municipal (Art. 219 letras a., b., c., y d. Código Electoral). A continuación se describen los resultados obtenidos. En el DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR: SAN SALVADOR ganadora la coalición integrada por los partidos políticos NUEVAS IDEAS - GRAN ALIANZA POR LA UNIDAD NACIONAL, N-GANA, con cien mil setecientos sesenta y ocho votos válidos, que representa un porcentaje de cincuenta y seis punto uno uno de los sufragios con un cociente municipal de catorce mil novecientos sesenta y cuatro punto ocho tres para regidores propietarios y de cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y cuatro punto cinco cero para regidores suplentes, que le designan seis regidores propietarios por cociente, un regidor propietario por residuo, dos regidores suplentes por cociente; al partido político ALIANZA REPUBLICANA NACIONALISTA, ARENA, con sesenta y cuatro mil ciento nueve votos válidos, que le designan cuatro regidores propietarios por cociente, un regidor suplente por cociente y un regidor suplente por residuo; al partido político

docxDoc e2021-cm-actualizada

Practical Docs > Common > Other > Preview
173 Pages 0 Downloads 47 Views 3.0 Score
Tips: Current document can only be previewed at most page3,If the total number of pages in the document exceeds page 3,please download the document。
Uploaded by admin on 2022-04-26 01:40:30
Rate
You can enter 255 characters
What is my domain?( answer:www.45doc.com )
comments
  • No comments yet